La regla
30 días por año
Cada año completo cuenta, y el último también si la fracción pasa de seis meses: 5 años y 7 meses se pagan como 6. El máximo es 11 años, salvo contratos que empezaron antes del 14 de agosto de 1981.
Código del Trabajo · artículos 163, 168 y 172
Años trabajados, aviso previo y recargos si el despido es injustificado.
La regla
Cada año completo cuenta, y el último también si la fracción pasa de seis meses: 5 años y 7 meses se pagan como 6. El máximo es 11 años, salvo contratos que empezaron antes del 14 de agosto de 1981.
La base
Se usa la última remuneración mensual con lo variable promediado, hasta 90 UF ($3.695.884 con la UF de hoy). No entran las horas extra, la asignación familiar ni los pagos esporádicos (artículo 172).
Si no hubo aviso
Si el despido por el artículo 161 no se avisó por escrito con 30 días de anticipación, corresponde además una remuneración mensual como indemnización sustitutiva, con el mismo tope.
Estimación, no asesoría legal. No incluye indemnizaciones pactadas en el contrato o en un convenio colectivo, fueros, ni casos especiales como trabajadores de casa particular. Si firmas el finiquito con dudas, hazlo con reserva de derechos. Puedes consultar gratis en la Dirección del Trabajo.